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PREÁMBULO
La libertad de expresión y el derecho
a recibir libremente información veraz son derechos
fundamentales recogidos y amparados por la Constitución,
y requisitos indispensables en una sociedad democrática
y plural.
Para garantizar el respeto a estos principios
y los valores que los sustentan, los periodistas de Net TV
se comprometen a observar estrictamente las siguientes normas
de conducta en el desarrollo y ejercicio de su actividad profesional.
1. PRINCIPIOS PERIODISTICOS
1.1. Precisión, rigor y credibilidad
Difundir únicamente informaciones fundamentadas, evitando
en cualquier caso afirmaciones o datos imprecisos y sin base
suficiente que puedan lesionar o menospreciar la dignidad
de las personas o provocar daño o descrédito
injustificado a instituciones y entidades públicas
y privadas, así como la utilización de expresiones
o calificativos injuriosos.
1.2. Independencia
Garantizar la necesaria independencia y equidad de sus profesionales.
1.3. Interés público
Sólo la defensa del interés público justifica
las intromisiones o indagaciones sobre la vida privada de
una persona sin su previo consentimiento.
1.4. Distinguir hechos y opiniones
Observar siempre una clara distinción entre hechos
y opiniones o interpretaciones, evitando toda confusión
o distorsión deliberada de ambas cosas, así
como la difusión de conjeturas y rumores.
1.5. Integridad y responsabilidad
No aceptar nunca retribuciones o gratificaciones de terceros,
para promover, orientar, influir o haber publicado informaciones
u opiniones.
1.6. Tratamiento de la violencia
Mantener una especial sensibilidad en los casos de informaciones
u opiniones susceptibles de incitar a la violencia o a prácticas
inhumanas o degradantes.
2. DERECHOS DE LAS PERSONAS
2.1. Respeto a las personas y su intimidad
Respetar el derecho de las personas a su propia intimidad
e imagen, especialmente en casos o acontecimientos que generen
situaciones de aflicción o dolor, evitando la intromisión
gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sus sentimientos
y circunstancias, especialmente cuando las personas afectadas
lo especifiquen.
2.2. Protección de menores
Tratar con especial cuidado toda la información que
afecte a menores, evitando difundir su identificación
cuando aparezcan como víctimas (excepto en el supuesto
de homicidio), testigos o inculpados en causas criminales,
sobre todo en asuntos de especial trascendencia social, como
es el caso de los delitos sexuales. También se evitará
identificar contra su voluntad a personas próximas
o parientes inocentes de acusados o convictos en procedimientos
penales.
2.3. Derechos de las víctimas
En el tratamiento informativo de los asuntos en que medien
elementos de dolor o aflicción en las personas afectadas,
evitar la intromisión gratuita y las especulaciones
innecesarias sobre sus sentimientos y circunstancias.
2.4. Evitar la discriminación y el estereotipo
Actuar con especial responsabilidad y rigor en el caso de
informaciones u opiniones con contenidos que puedan suscitar
discriminaciones por razón de sexo, raza, creencia
o extracción social y cultural así como incitar
al uso de la violencia, evitando expresiones o testimonio
vejatorios o lesivos para la condición personal de
los individuos y su integridad física y moral.
2.5. Presunción de inocencia
Observar escrupulosamente el principio de presunción
de inocencia en las informaciones y opiniones relativas a
causas o procedimientos penales en curso.
2.6. Rectificación y réplica
Rectificar con diligencia y con tratamiento adecuado a la
circunstancia, las informaciones y las opiniones que se deriven
de ellas cuya falsedad haya sido demostrada y que, por ese
motivo, resulten perjudiciales para los derechos o intereses
legítimos de las personas y/o organismos afectados.
2.7. Acoso
Reconocer a las personas individuales y/o jurídicas
su derecho a no proporcionar información ni responder
preguntas, sin perjuicio del deber de los periodistas de atender
el derecho de los ciudadanos a la información.
3. PRÁCTICAS PROFESIONALES
3.1. Normas para evitar conflictos de intereses
No simultanear el ejercicio de la actividad periodística
con otras actividades profesionales incompatibles con la deontología
de la información, como la publicidad, las relaciones
públicas y las asesorías de imagen, ya sea en
el ámbito de las instituciones u organismos públicos,
como en entidades privadas.
3.2. Uso de información privilegiada
No utilizar nunca en beneficio propio informaciones privilegiadas
obtenidas de forma confidencial como periodistas en ejercicio
de su función informativa.
3.3. Secreto profesional y anonimato
Respetar el off de record cuando haya sido expresamente invocado
o se deduzca que tal fue la voluntad del informante.
3.4. Contraste
Contrastar las fuentes y dar la oportunidad a la persona afectada
de ofrecer su propia versión de los hechos.
3.5. Fuentes, citas y derechos de autor
Citar expresamente las fuentes de las que provengan las informaciones,
así como respetar los derechos de autor que pudiera
corresponder.
3.6. Versiones y rumores
Los rumores y conjeturas serán desterrados o, en su
defecto, contrastados e identificadas sus fuentes para que
sean transformados en noticias o en opiniones.
3.7. Métodos de investigación
Utilizar métodos dignos para obtener información
o imágenes, sin recurrir a procedimientos ilícitos.
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